El Consejo de la UE adopta el nuevo Reglamento relativo a las máquinas
Conocer la legislación actual es esencial tanto para los diseñadores, integradores y fabricantes de máquinas, como para las empresas que las incorporan en sus instalaciones y las entidades certificadoras.

El nuevo Reglamento, que actualiza y deroga la Directiva de Máquinas 2006/42/CE, permitirá a la industria europea operar en un marco jurídico mejorado, más acorde con las nuevas tecnologías emergentes.
Nuevos requisitos
Entre los principales cambios, destacan los relativos a los requisitos de conformidad y documentación.
Se han establecido seis categorías de máquinas de «alto riesgo», cuya evaluación de conformidad no podrá ser realizada por los fabricantes, sino que deberá serlo por terceros.
Así mismo, el formato digital de la información de seguridad deberá facilitarse por defecto con cada producto. La entrega de documentación obligatoria en papel será opcional, aunque será necesaria cuando los clientes la soliciten.
Entrada en vigor
Una vez que el Parlamento Europeo y del Consejo hayan firmado el Reglamento, este se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor a los veinte días de su publicación.
Los Estados miembros y los operadores económicos dispondrán de 42 meses antes de que se apliquen las normas establecidas en el nuevo Reglamento.